Unidad federativa de Brasil

Mapa político de Brasil, mostrando la división por unidades federativas.

Una unidad federativa, en la República Federativa de Brasil, es una entidad subnacional con cierto grado de autonomía (autogobierno, autorregulación y autocobro) y dotada de gobierno y constitución propios. La organización política y administrativa de la República Federativa de Brasil comprende la Unión, los estados, el Distrito Federal y los municipios, todos autónomos.[1]

En los estados, el poder ejecutivo lo ejerce un gobernador elegido cada cuatro años. El poder legislativo está representado por una asamblea legislativa unicameral con diputados estatales que votan las leyes estatales. Las asambleas legislativas supervisan las actividades del poder ejecutivo de los estados. Para ello, cuentan con la ayuda de un tribunal de cuentas para que les proporcione orientación sobre el uso de los fondos públicos. El poder judicial de los estados está compuesto por tribunales estatales de primera y segunda instancia que se ocupan de la justicia común.[1]

En el Distrito Federal, el poder ejecutivo lo ejerce un gobernador elegido cada cuatro años. El poder legislativo está representado por una cámara legislativa unicameral con diputados distritales que votan las leyes distritales. La cámara legislativa supervisa las actividades del poder ejecutivo del Distrito Federal. Para ello, cuenta con la asistencia de un tribunal de cuentas para orientar el uso de los fondos públicos. El poder judicial del Distrito Federal está integrado por tribunales distritales de primera y segunda instancia que se ocupan de la justicia común. El Distrito Federal no se puede dividir en municipios, razón por la cual su territorio se compone de varias regiones administrativas. Estas regiones son administradas directamente por el gobierno del Distrito Federal, que ejerce competencias constitucionales y legales equivalentes a las de los estados, así como a las de los municipios, asumiendo simultáneamente todas las obligaciones que de ellos se derivan.[1]

En los municipios, el poder ejecutivo lo ejerce un alcalde electo por cuatro años. El poder legislativo está representado por un cámara municipal unicameral con concejales que votan las leyes municipales. La cámara municipal supervisa las actividades del poder ejecutivo municipal. Solo dos municipios (São Paulo y Río de Janeiro) tienen tribunales de cuentas separados y vinculados a sus cámaras municipales, y está prohibida la creación de nuevos tribunales de cuentas municipales.

  1. a b c Constitución de Brasil de 1988

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